La AEPD ha presentado un informe que expone a las Administraciones Públicas que incumplen los requerimientos legales en lo que respecta a la protección de datos
El pasado 20 de abril, la Agencia público el listado de Administraciones Públicas incumplidoras, de la normativa de protección de datos, entre ellos podemos destacar aquellas con una población superior a 20.000 habitantes, a las cuales se les ha solicitado formalmente la designación de un Delegado de Protección de Datos (DPD) para recibir asesoramiento en protección de datos y atender a los ciudadanos. En el supuesto de incumplimiento de dicha exigencia, la AEPD procederá al inicio de un procedimiento sancionador.
A pesar de que han pasado casi cinco años desde la aplicación del reglamento, todavía hay entidades que no han cumplido con esta obligación, lo que supone una infracción de carácter grave.
Igualmente, la lista está conformada por todas las administraciones públicas incumplidoras de las obligaciones de suministro de información requeridas por el organismo, así como aquellas que no se ajustan y siguen el marco normativo vigente en materia de protección de datos y que, además, no han demostrado la implementación de acciones necesarias para garantizar el cumplimiento de las obligaciones legales y normativas en esta materia.
Según lo establecido en el artículo 77 de la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales, la sanción aplicable en este caso es la de “apercibimiento”, prevista para faltas de carácter leve, la cual tiene como objetivo notificar al infractor la inadecuación de su conducta y las posibles consecuencias que podrían derivar en caso de que se produzca una reincidencia en la comisión de la falta en cuestión.