La Agencia Española de Protección de Datos impone a Caixabank una multa de 6 millones de euros, la sanción más alta hasta el momento
Un mes después de sancionar al BBVA con cinco millones de euros, la Agencia Española de Protección de Datos multa a Caixabank con 6 millones de euros por varias sanciones relacionadas con el uso indebido de datos. En el documento de resolución del procedimiento sancionador, la AEPD expone los motivos por los que ha decidido imponer las sanciones. Por el incumplimiento por parte de Caixabank de los artículos 13 y 14 del RGPD, calificado como sanción leve se le ha impuesto una multa de dos millones de euros. El artículo 13 hace referencia a la “información que deberá facilitarse cuando los datos personales se obtengan del interesado”, y el artículo 14 a la “información que deberá facilitarse cuando los datos personales no se hayan obtenido del interesado”.
Así mismo, la AEPD resuelve que Caixabank ha incumplido también el artículo 6 del RGPD, relativo a las condiciones que debe tener la información para que su tratamiento sea lícito, calificado como infracción muy grave por lo que le impone una multa de cuatro millones de euros. La Agencia ha desestimado una tercera sanción relacionada con el tratamiento automatizado de los perfiles de los clientes.
El proceso empezó en enero de 2018, cuando un cliente envió un escrito a la Agencia denunciando a la entidad “por imponerle la obligación de aceptar las nuevas condiciones en materia de protección de datos personales, en concreto la relativa a la cesión de sus datos personales a todas las empresas del grupo”. El cliente añadió que para cancelar dicha cesión era necesario “dirigir un escrito a cada una de las empresas”, lo que calificó de “desproporcionado considerando que la cesión se acepta en un solo acto”.