El silencio de las administraciones aumenta con los años.

Hace exactamente un año, desde Asedie, reafirmábamos nuestra preocupación ante el aumento de los casos de silencio administrativo por parte de las Administraciones públicas. De acuerdo con el presidente del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG), José Luis Rodríguez Álvarez, el silencio administrativo “dificulta el ejercicio del derecho al acceso [a la información]” y, por este motivo, encontrar una solución se hacía urgente en junio de 2021.

Por aquél entonces, teníamos la esperanza de que el marco legal que regula el acceso a la información del Sector Público se modificase en lo relativo al ‘silencio administrativo’, pues en la transposición española de la Directiva 2019/1024 encontramos que en el Artículo 10.3 se especifica que:

El órgano competente resolverá las solicitudes de reutilización en el plazo máximo de veinte días desde la recepción de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación, con carácter general. Cuando por el volumen y la complejidad de la información solicitada resulte imposible cumplir el citado plazo se podrá ampliar el plazo de resolución en otros veinte días. En este caso deberá informarse al solicitante, en el plazo máximo de diez días, de toda ampliación del plazo, así como de las razones que lo justifican

pero más adelante el Artículo 10.8

Art. 10 .8) Si en el plazo máximo previsto para resolver y notificar no se hubiese dictado resolución expresa, el solicitante podrá entender desestimada su solicitud”.

Un año después la situación está lejos de resolverse y, más bien, parece empeorar. La Memoria recién publicada por el CTBG recoge que durante el año 2021 aumentó la cantidad de reclamaciones presentadas por ciudadanos disconformes con los resultados de sus peticiones de acceso a la información pública, y es que al aumento de negativas por parte de las Administraciones a gran cantidad de peticiones de acceso, se suma el “llamativo como censurable el elevado porcentaje (41,4% en el ámbito estatal y el 73,75% en el autonómico) de reclamaciones interpuestas frente desestimaciones presuntas por silencio administrativo

 El Silencio Administrativo, lo sabemos muy bien, representa una de las principales barreras para el acceso a la información pública y desde el propio CTBG no dudan en censurarlo. También desde Asedie hemos insistido en la necesidad de alcanzar una solución al problema, identificando de nuevo el silencio administrativo como una de las principales barreras a la reutilización de la información, en nuestra Informe de 2022.

Aunque no podemos generalizar, la postura de la Administración Pública parece cada vez más relajada a la hora de responder las peticiones de los ciudadanos y las empresas para acceder a información en su poder

En el siguiente gráfico podemos observar como la desestimación de solicitudes por parte de la Administración General del Estado, debido al silencio administrativo, representa una proporción excesiva respecto del resto de motivaciones:

Fuente: Memoria actividades 2021 del CTBG.

El acceso a la información pública, siempre que se trate de forma lícita, es un derecho que como ciudadanos nos pertenece, y que favorece el desarrollo tanto de nuestra sociedad como de nuestra economía. Conocer los motivos por los cuales una petición es rechazada parece algo lógico y normal, pero la realidad es que por lo general no se ofrece una explicación transparente.

 Desde Asedie, por tanto, continuaremos impulsando y demandando la transparencia de las Administraciones, la apertura de datos de acuerdo con los valores que, desde hace años, compartimos.

Anterior
Anterior

Premio Asedie 2022, el presente y el futuro de la Economía del Dato.

Siguiente
Siguiente

La Generalitat Valenciana renueva su Estrategia de Datos Abiertos.